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TÍTULOS. Solictud y Abono de Tasas

 

Se informa a la comunidad educativa de que ya se encuentra disponible la solictud de títulos académicos del alumnado no universitario de Castilla-La Mancha a través de la plataforma EducamosCLM.

El título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y el título de Formación Profesional Básica no están sujetos al pago de tasas y su expedición se realiza de oficio cuando el alumno o la alumna finalice sus estudios.

Para solicitar la expedición del resto de títulos, el interesado o la interesada deberá abonar la correspondiente tasa cuyo importe se puede consultar en el siguiente enlace:

GUÍA SOLICITUD DE TÍTULOS

 

Con la reciente publicación de la Orden 67/2021 que regula el procedimiento de expedición y registro de los títulos académicos y profesionales no universitarios y suplementos europeos (DOCM 25-05-2021), se le facilita al alumnado de nuestra región la solicitud de los títulos a los que tienen derecho, obteniendo un certificado supletorio inmediato que tiene los mismos efectos que el título hasta que se realice la entrega del original. El abono de tasas, si procede, también se realizará en el mismo procedimiento tal y como se explica en el enlace anterior.

Asimimo, para las personas solicitantes existe un apartado de ayuda en la plataforma EducamosCLM denominado Centro de Ayuda, en el que se incluye una sección de preguntas frecuentes y una guía en la parte inferior de esta página.

Por último, indicar que estarían exentos del pago de las tasas por expedición de títulos académicos no universitarios:

1. Las víctimas de actos terroristas así como sus cónyuges e hijos, de acuerdo con el artículo 7º.1 de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de Solidaridad con las víctimas del terrorismo. (BOE 9-10-1999)

2. Los miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial, de acuerdo con el artículo 12.2a) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre (BOE 19-11-2003) de Protección a las familias numerosas.

3. Reexpedición de un título académico por cambio de sexo, de acuerdo con la Disposición adicional segunda de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas (BOE 16-03-2007)

Para aclarar cualquier duda al respecto, puede remitir un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..